El fiscal Francisco Barbosa se refirió a la decisión que tomó la Corte Constitucional en el marco de la paz total del Gobierno de Gustavo Petro.
Fiscal Barbosa y el presidente Gustavo Petro. Foto cortesia
En una rueda de prensa desde Neiva, el fiscal Francisco Barbosa abordó la reciente decisión de la Corte Constitucional que pone restricciones a la paz total del gobierno de Gustavo Petro. La corte, tras establecer límites, especialmente en relación con la liberación de los miembros de la denominada 'primera línea' o voceros de paz, ha generado un nuevo escenario legal.
Barbosa anunció de manera enfática que solicitará órdenes de captura contra aquellos que habían sido liberados en el marco de la bandera de la paz del gobierno. La medida se centra en la 'primera línea', previamente designada como voceros de paz, cuya liberación había sido demandada por Petro durante su discurso de junio.
El fiscal recordó las palabras del presidente Petro y destacó la declaratoria de inexequibilidad por parte de la Corte Constitucional: "El 16 de junio cuando estaba el presidente en ese momento electo Gustavo Petro en efervescencia en su discurso y emoción dijo: 'le solicito al fiscal general que salgan de la cárcel los muchachos de la primera línea que han sido capturados ilegalmente'. Bueno, hoy la Corte Constitucional acaba de declarar inexequible esa disposición".
En este contexto, Barbosa subrayó la autonomía e independencia de los fiscales y anticipó que en los próximos días se solicitarán órdenes de captura contra aquellos que habían obtenido la libertad en el marco de la disposición ahora declarada inconstitucional.
Además, el fiscal Barbosa mencionó que se está llevando a cabo un análisis con la vicefiscal Martha Mancera para identificar a las personas que salieron como voceros de paz. Destacó la necesidad de distinguir entre gestores de paz y aquellos que, sin pertenecer a organizaciones al margen de la ley, obtuvieron su liberación de manera cuestionable, de acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional.
Es importante señalar que la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión "y se encuentren en privación de libertad", argumentando que vulneraría los derechos de las víctimas. Esta decisión impide excarcelamientos basados en la participación en diálogos o negociaciones. Sin embargo, se declaró exequible la posibilidad de admitir como voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias, siempre que el Presidente de la República considere que puedan contribuir al proceso de paz y a la resolución de conflictos sociales, según lo establecido en el artículo 5º de la Ley.
Comments