Frente a la capacidad de Colpensiones para asumir sus nuevas funciones, la CGR considera que amerita una revisión a su diseño organizacional y capacidad operativa, administrativa y tecnológica en temas como, por ejemplo, las solicitudes relacionadas con historias laborales.
A la Contraloría le asiste preocupación frente a la capacidad técnica e institucional que pueda tener Colpensiones para ingresar al sistema pensional 18 millones de colombianos.
De acuerdo a un estudio sectorial realizado por el organismo de control, la reforma pensional, al igual que la laboral, no cuenta con políticas específicas para mejorar la afiliación y cotización de la ciudadanía en las regiones.
Bogotá, 21 de marzo de 2024.- La Contraloría General de la República consideró que el proyecto de Reforma Pensional, en trámite en el Congreso de la República, trae de por sí grandes avances sociales, pero resulta imperativo que no vaya a afectar el cumplimiento de la regla fiscal.
“A la Contraloría le preocupa, de llegarse a aprobar la reforma, el equilibrio de las finanzas para garantizar que la regla fiscal en el mediano y largo plazo no se vaya a ver afectada, porque generalmente cada año se debe aportar un promedio del 19% del Presupuesto General de la Nación para cubrir el déficit de las pensiones públicas que el estado tiene la obligación de garantizar, a aquellos ciudadanos que durante toda la vida laboral han hecho de manera juiciosa un aporte a las pensiones”, manifestó al respecto el Vicecontralor en funciones de Contralor General de la República, Carlos Mario Zuluaga.
Al instalar un Foro donde se presentó un Estudio Intersectorial sobre la Reforma Pensional, sus antecedentes y elementos para su discusión, Zuluaga fue claro en señalar que la Contraloría celebra por supuesto que haya un interés genuino de proteger la calidad de vida de muchos ciudadanos colombianos que se encuentran hoy en edad de pensión y no reciben ningún tipo de beneficio, “pero toda decisión tiene que tener en cuenta cuál es la fuente de financiación y de sostenimiento en el mediano y en largo plazo, para no afectar las finanzas de la Nación”.
Afirmó que también es cierto que este organismo de control valora y considera importante que la reforma pueda incluir una homologación de los ejercicios sobre los cuales se fundamenta la estructura jurídica de los regímenes público y privado de pensiones, para que todos los colombianos sin excepción, independientemente de dónde quieran permanecer cotizando sus ahorros, tengan las mismas condiciones y garantías.
Recordó el Contralor en funciones que Colombia y Perú son de los pocos países que no tienen un régimen homologado de pensiones entre lo público y privado y hacerlo con la reforma pensional es un tipo de decisión que por supuesto mejora sustancialmente la competencia y, además, iguala los mecanismos sobre los cuales todos los colombianos se le garantizaría el mismo régimen de derecho al momento de obtener una pensión
“El único propósito del estudio sectorial sobre la Reforma Pensional es que cuando se realice un debate de este proyecto de ley puedan reconocerse sus riesgos, ventajas y bondades y, por supuesto, lo que más le interesa a la Contraloría es que tengamos en cada una de las reformas la claridad de cómo se va a financiar y a garantizar la sostenibilidad de cada una de estas medidas”, anotó.
La Reforma propone unas transformaciones importantes al sistema pensional vigente, una de ellas, es la creación del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez soportado en 4 componentes: Solidario, Semicontributivo, Contributivo y de Ahorro Voluntario, eliminando así la competencia entre el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM), administrado por el Estado a través de Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual (RAIS), administrado por las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Principales conclusiones del estudio intersectorial de la CGR sobre la Reforma Pensional, elaborado por la Contraloría Delegada para el Sector Trabajo y la Contraloría Delegada de Economía y Finanzas Públicas:
Una de las grandes limitaciones de la Reforma Pensional es la no inclusión de los regímenes especiales y exceptuados, los cuales se llevan una importante asignación presupuestal equivalente al 39,3% del total de recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN) destinados a pensiones. Es decir que de cada $ 100, se destinan $40 a este tipo de regímenes, cubriendo el 17% de los pensionados del país.
La principal apuesta para ampliar la cobertura pensional es la creación de un pilar solidario, el cual está disociado de la realidad del mercado laboral y es un subsidio de carácter asistencialista que estaría administrado por el Ministerio del Trabajo, dejando así de lado que el gobierno cuenta con entidades experimentadas y consolidadas para el manejo de dicho subsidio, en programas como, por ejemplo, Colombia Mayor.
Para la Contraloría, la cobertura pensional requiere, por definición, una contribución previa, que es necesario promover a través políticas de empleo, puesto que el simple otorgamiento de subsidios no abordaría verdaderamente la falta de cobertura pensional en la población mayor.
En cuanto a la inequidad, tal como está diseñada la propuesta, con el umbral de 3 salarios mínimos disminuirá los subsidios estatales a los altos salarios, pero al traer al Régimen de Prima Media (RPM) todos los afiliados del Régimen de Ahorro Individual RAIS que ganen hasta ese rango salarial (cerca del 90% de sus afiliados) se seguirían erogando recursos importantes por parte del Estado a un amplio número de ciudadanos que serán subsidiados, independientemente de su nivel salarial, es decir todos los trabajadores se beneficiarían del mismo subsidio.
La reforma pensional, al igual que la laboral, no cuenta con políticas específicas para mejorar la afiliación y cotización de la ciudadanía en las regiones, pues en 13 de los 32 departamentos de Colombia los porcentajes de pensionados de su población son inferiores al 10%, lo que marca la brecha entre la discusión por los derechos y la materialización de estos en la realidad nacional.
En lo referente a la dinámica observada por los afiliados y los pensionados determinada en los escenarios de ingresos y gastos de las proyecciones realizadas, y analizando su evolución en el periodo 2025-2052, se advierte que el total de afiliados comienza a decrecer desde 2036 y los afiliados activos desde 2037, lo cual contrasta con el enorme esfuerzo fiscal que proyecta el gobierno.
Frente a la sostenibilidad financiera, el estudio de la CGR llama la atención sobre el costo proyectado de la reforma, el cual muestra un acelerado crecimiento al pasar de un Valor Presente Neto (VPN) en 2070 del 73,57% del PIB a un VPN en 2100 del 126%.
Limitada capacidad de respuesta de Colpensiones
Una de las mayores dudas que recaen sobre Colpensiones es su limitada capacidad de respuesta ante el alto número de solicitudes relacionadas, por ejemplo, con temas como historias laborales y el reconocimiento de pensiones.
Este conjunto de fallas ha repercutido en la capacidad de Colpensiones para brindar respuestas oportunas y eficientes a las solicitudes de los beneficiarios, así como en la resolución de casos pendientes y pueden ser indicativas del desafío que enfrenta en el marco de la reforma pensional, indica el estudio de la Contraloría.
Para el período comprendido entre agosto de 2022 y septiembre de 2023, Colpensiones recibió 769.149 solicitudes de corrección de historia laboral, las cuales aumentarían en 261% al aprobarse la reforma, según lo señala la misma entidad, requiriendo así un aprestamiento importante. Al revisar la gestión para este tipo de trámites, se evidencia que 19.105 solicitudes no tuvieron contestación oportuna.
Ante la situación de las historias laborales, la CGR manifestó previamente en el ejercicio auditor realizado a Colpensiones en 2022 que “la falta de actualización de un sistema confiable y robusto es un factor crítico que ha contribuido a esta debilidad. Este sistema obsoleto no ha podido manejar eficazmente el crecimiento constante del volumen de historias laborales, lo que a su vez afecta la capacidad de Colpensiones para responder de manera efectiva a las solicitudes de prestaciones económicas relacionadas con los riesgos de vejez, invalidez y muerte”.
Por otra parte, revisando la información remitida por Colpensiones relacionada con las acciones adelantadas para el reconocimiento pensional, entre agosto de 2022 y septiembre de 2023 fueron radicadas 412.506 peticiones. Con corte a septiembre de 2023, el 25% de los procesos de determinación del derecho excedieron los tiempos legales.
Cabe señalar que uno de los hallazgos más destacados en la auditoría de la CGR en 2022 se refiere precisamente a la parametrización del aplicativo de nómina utilizada por Colpensiones, identificando que este no está configurado al 100%, lo que ha resultado en errores y ha obstaculizado la capacidad de la entidad para resolver trámites dentro de los tiempos establecidos.
Inversiones para enfrentar la reforma pensional
En cuanto a las posibles proyecciones realizadas por Colpensiones para afrontar una reforma, esta entidad manifestó en respuesta a la CGR que ha venido adelantando desde marzo de 2023 un plan de trabajo con un horizonte a junio de 2025, el cual incluye levantamiento y análisis de información (diagnóstico y diseño organizacional) para definir los desarrollos tecnológicos, de inversiones y estratégicos que requerirá.
Una preocupación del organismo de control, al respecto, es que a hoy Colpensiones no informa acerca de cálculos realizados de manera preliminar sobre las inversiones necesarias para enfrentar la reforma pensional y hasta ahora se está iniciando este proceso.
Un documento remitido por Colpensiones al Congreso de la República, con un análisis de los impactos de la reforma pensional, señala que la misma requerirá un aumento del 30% en el talento humano de la entidad, lo que indica la dimensión del desafío que enfrentaría.
Con base en lo anterior, para la CGR “se hace fundamental que el tiempo para la puesta en marcha de la reforma, en caso de ser aprobada, sea suficiente de tal forma que su implementación no resulte traumática en la garantía de los derechos fundamentales de la población”.
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